Trabajo en negro

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Asesoramiento jurídico en casos de trabajo en negro o trabajo no registrado

Si trabaja en negro como empleado (también conocido como trabajo no registrado o trabajo informal), tendrá que buscar el asesoramiento de un abogado laboral para hacer valer sus derechos. Los empleadores para abaratar costos convencen a los trabajadores que si trabajan en negro ganarán más, pues sus salarios no tendrán deducciones tanto por aportes a obras sociales como para jubilación, que le perjudica como trabajador.

Un empleador tiene el deber de inscribir sus empleados en forma legal y en tiempo ante la AFIP. El trabajo en negro se encuentra absolutamente prohibido en Argentina. La ley 24.013 establece tres casos distintos para el trabajo en negro:

  1. Trabajo en negro, completo y permanente (art. 8 ley 24.013), cuando el trabajador está en negro durante toda la relación laboral.
  2. Trabajo en negro temporal (art. 9 ley 24.013), cuando el trabajador es inscripto con posteriorirdad a la fecha de ingreso real.
  3. Trabajo en negro parcial (art. 10 ley 24.013), cuando el trabajador cobra parte de su remuneración en negro y otra parte en blanco.

En todos estos casos, el empleador tendría que pagar severas multas, que en la mayoría de los casos son “a favor” del trabajador, e incrementan considerablemente el montos de las indemnizaciones a percibir.

Para el cobro de estas multas es imprescindible que el trabajador cuente con un buen asesoramiento jurídico, porque el artículo 11 de la Ley de Empleo 24.013 establece como condición esencial para el cobro de las multas que el trabajador remita copia de la intimación a la Administración General de Ingresos Públicos dentro de las 48 horas de realizada la misma. En caso de no haber realizado esta intimación, igualmente puede reclamar la multa prevista por artículo 1 de la ley 25.323.

Nuestro estudio cuenta con profesionales que le ofrecen un asesoramiento integral en casos de trabajo en negro, desde el reclamo inicial hasta el cobro de las multas.

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